El Tribunal de Justicia de São Paulo, Brasil, decidió el 14 de agosto prohibir que WhatsApp comparta datos de los usuarios con Facebook e Instagram con fines publicitarios. Meta, propietaria de las tres plataformas, deberá permitir que los usuarios elijan si aceptan o no consentir con su política de privacidad y tiene 90 días para adaptarse a la nueva regla.
Con la decisión, la empresa tendrá que pagar una indemnización por daños morales colectivos alrededor de US$ 2.19 por cada uno de sus más de 147 millones de usuarios de WhatsApp, es decir: 310 millones de dólares. Además, si no cumple con el mecanismo de aceptación o rechazo de las políticas por parte de los usuarios, tendrá que enfrentar una multa diaria de 36 mil 500 dólares.
La decisión surge de una acción presentada en julio por el Ministerio Público Federal (MPF) y el Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor (Idec), acusando a Meta de violar la Ley General de Protección de Datos (LPGD) con las actualizaciones de sus políticas de privacidad en 2021.
En los autos (resoluciones judiciales), las partes interesadas alegaron que no se aclaró adecuadamente a los usuarios sobre el tratamiento de datos y no se les proporcionaron los elementos necesarios para ejercer sus derechos fundamentales de protección de datos.
El MPF y el Idec también acusaron a la Autoridad Nacional de Protección de Datos (ANPD) de negarse a compartir información básica, dejando de cumplir su papel como regulador.
Para ellos, la ANPD se ha revelado como “una institución que se ha comportado de manera opaca, contraria a cualquier accountability pública”. La acusación afecta la confiabilidad del regulador en un momento en el que se le ha atribuido el poder de órgano fiscalizador en el Marco Legal de Inteligencia Artificial, que se encuentra en trámite en el Senado Federal.